SUBVENCIÓN

AYUDAS A LA EMANCIPACIÓN DE BARAKALDO 2024

Desde el 22 de julio hasta el 30 de septiembre se pueden solicitar las ayudas para el alquiler de las personas jóvenes de Barakaldo que concede el Ayuntamiento de la ciudad

Un año más, el Ayuntamiento de Barakaldo convoca la Subvención para la promoción de la Emancipación de la juventud Barakaldesa 2024, que tiene como objetivo ayudar a pagar el alquiler de los jóvenes de la localidad.

Se podrán presentar entre el 22 de julio y el 30 de septiembre de 2024 de forma online a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barakaldo, o de forma presencial en el Servicio de Atención Ciudadana en la Herriko Plaza, en el Centro Clara Campoamor o en el Centro Cívico de Cruces.

Estos son los principales requisitos para solicitarla:

  • Tener entre 18 y 38 años
  • No tener vivienda en propiedad ni haberla tenido en los últimos dos años
  • Empadronamiento en Barakaldo de al menos 6 meses de antigüedad
  • Empadronamiento en la vivienda por la que se solicita la subvención
  • Tener suscrito un contrato de alquiler en el marco de la Ley de Arrendamientos Urbanos
  • Estar al corriente de pagos con las Administraciones Públicas
  • Ingresos procedentes del trabajo en 2023:
    • de 9.000€ a 30.000€ para unidades de convivencia de 1 persona
    • de 9.000€ a 40.000€ para unidades de convivencia de 2 o más personas

Esta subvención no es compatible con otras ayudas, como Gaztelagun o Emanzipa.

La partida económica reservada en el Presupuesto Municipal para estas ayudas es de 198.064,50 euros. Las subvenciones máximas que se otorgarán según tramo de ingresos son las siguientes:

  • 9.999€-17.999€

    60% del alquiler hasta un máximo de 420€ al mes

  • 18.000€-26.999€

    50% del alquiler hasta un máximo de 350€ al mes

  • 27.000€-34.999€

    35% del alquiler hasta un máximo de 245€ al mes

  • 35.000€-39.999€

    20% del alquiler hasta un máximo de 140€ al mes

Esta es la documentación que se debe aportar para presentar la solicitud:

  1. Solicitud firmada por todas las personas mayores de 18 años, integrantes de la unidad de convivencia sean o no titulares del contrato de alquiler.
  2. Fotocopia del DNI de todas las personas mayores de 18 años integrantes de la unidad de convivencia.
  3. Domiciliación bancaria DEL SOLICITANTE DE LA SUBVENCIÓN: es el documento de datos de terceros.
  4. Fotocopia del contrato de arrendamiento y del último recibo de renta.
  5.  Justificantes correspondientes, en los casos en que se encuentren en una de las situaciones de excepción a no poseer vivienda en propiedad del art. 2.8 de las Bases Reguladoras.
  6.  Cualquier otra documentación que sea necesaria para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos a las personas solicitantes.