Eretza ha ampliado su cartera de viviendas de alquiler asequible con 4 nuevas Viviendas Tasadas Municipales (VTM) en su afán de hacer frente a uno de los principales problemas con los que se encuentra la juventud Barakaldesa: emanciparse e iniciar una vida autónoma. Éstas se incorporan al parque propio de 16 viviendas del que ya disponía para su gestión en régimen de alquiler.
Con el objetivo de crear una bolsa de demandantes, la sociedad Municipal ha contado con la colaboración de Gobierno Vasco y se servirá del listado de demandantes de vivienda en régimen de alquiler existentes en Etxebide, según los criterios establecidos en la Orden de 14 de octubre de 2022 del Conejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, reguladora del alquiler asequible. Este listado tendrá una vigencia de dos años y se utilizará para adjudicar tanto las viviendas recién adquiridas como las que ya figuraban dentro de la cartera de Eretza.
La adjudicación se realizará conforme a los siguientes cupos de demanda:
CUPO 1: Viviendas de 1 dormitorio
- Demandantes de vivienda en alquiler.
- Empadronados en Barakaldo al menos desde el 1 de enero de 2023.
- Entre los municipios de demanda, debe encontrarse Barakaldo.
- En el último ejercicio fiscal vencido (2024) sus ingresos ponderados deben estar entre 21.000,00 € y 39.000 € anuales.
- Al menos uno de los integrantes de la UC sea nacido entre 1996 y 2008.
- Su unidad de convivencia debe ser de 1 o 2* miembros.
*Para este cupo en caso de que la UC este formada por 2 personas ambos han de ser titulares del contrato y ser matrimonio, pareja de hecho o relación análoga a la conyugal, y al menos uno de ellos deberá ser menor de 30 años.
CUPO 2: Viviendas de dos dormitorios
- Demandantes de vivienda en alquiler.
- Empadronados en Barakaldo al menos desde el 1 de enero de 2023.
- Entre los municipios de demanda, debe encontrarse Barakaldo.
- En el último ejercicio fiscal vencido (2024) sus ingresos ponderados deben estar entre 21.000,00 € y 39.000 € anuales.
- Al menos uno de los integrantes de la UC sea nacido entre 1996 y 2008.
- Su unidad de convivencia debe ser como máximo de 4* miembros.
*La unidad de convivencia podrá ser de 1, 2, 3 o 4 miembros, los titulares del contrato han de ser matrimonio, pareja de hecho o relación análoga a la conyugal, y al menos uno de ellos deberá ser menor de 30 años y que en el caso de formar una unidad convivencial con algún familiar estos deberán descendientes en primer grado de consanguinidad.
A igualdad de puntuación tras la baremación establecida en la normativa autonómica, se antepondrán aquellas solicitudes con una mayor antigüedad cronológica en el registro.
Todos los aspirantes serán notificados de la publicación de estos listados y dispondrán de 7 días naturales desde el momento de la notificación para solicitar una reclamación o una rectificación de los datos.

