SUBVENCIÓN
AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS DE BARAKALDO 2024
Del 7 de agosto al 7 de noviembre de 2024 se podrá solicitar esta ayuda para obras finalizadas entre el 3 de noviembre de 2023 y el 7 de noviembre de 2023
Desde este 7 de agosto de 2024 se pueden presentar las solicitudes para la Subvención de Rehabilitación de edificios. El plazo finalizará el 7 de noviembre y cada vecino deberá presentar su solicitud de forma individual para obras finalizadas entre el 3 de noviembre de 2023 y el 7 de noviembre de 2024.
La solicitud se puede realizar online a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barakaldo, o de forma presencial, en el Servicio de Atención Ciudadana de le Herriko Plaza, el centro Clara Campoamor o la Casa de Cultura de Cruces.
REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN
- Las obras deben haber finalizado entre el 3 de noviembre de 2023 y el 7 de noviembre de 2024.
- El presupuesto protegible debe superar los 500,00 € por solicitante.
- La vivienda ha de constituir domicilio habitual de la persona solicitante, en su calidad de propietaria, copropietaria o usufructuaria.
- Los ingresos anuales no podrán superar el importe de 52.920,00€, que es la cantidad resultante de multiplicar 3,5 por el Salario Mínimo interprofesional.
- No serán beneficiarias las personas que dispongan de dinero y valores por una cuantía equivalente o superior a 60.480,00€.
- El ejercicio fiscal se referencia al periodo impositivo de 2023.
- No tener deudas con la Administración Pública.
Esta es la documentación que cada solicitante debe aportar de forma individual:
- Solicitud firmada por todas las personas solicitantes. Marcar las siguientes casillas, si corresponde
- Declaración responsable de no hallarse incursa en las prohibiciones para
obtener subvenciones. - Declaración de no haber recibido ni tener concedida otras ayudas para el mismo fin que, sumadas, superen el coste real de lo subvencionado. En el caso de haber solicitado otras subvenciones y siempre que no supere el coste real del proyecto, declaración responsable sobre la relación de ayudas solicitadas con expresa mención de la cuantía, así como el órgano o entidad ante la que se han presentado.
- Declaración responsable de no hallarse incursa en las prohibiciones para
- Fotocopia del DNI, de todas las personas solicitantes.
- Domiciliación bancaria: es el documento de datos de terceros.
- Certificado de la Comunidad de Propietarios del porcentaje de participación en los elementos comunes que conforman la Comunidad.
- Certificado de la Comunidad de Propietarios del estado de deudas de las personas beneficiarias.
- Si alguno de los beneficiearios tuviera deudas frente a la Comunidad imputables a la obra a subvencionar: documento bancario acreditativo de la cuenta corriente de la Comunidad de Propietarios, así como la cesión del crédito a favor de la Comunidad suscrito por el copropietario que no estuviera al corriente.
- En caso de fallecimiento de alguno de los copropietarios de la vivienda: Certificado de Defunción y documentación acreditativa de la propiedad y/usufructo.
- Cualquier otra documentación que sea necesaria para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos a las personas solicitantes.
En función de los ingresos los solicitantes de la subvención, las cuantías máximas a conceder son las siguientes:
Se incluyen cuatro grupos de obras diferentes:
A. Mejora de la seguridad. Actuaciones tendentes a reponer y garantizar la seguridad estructural y constructiva del edificio. Se requiere que el edificio tenga al menos 12 años de antigüedad y que las mismas hayan sido calificadas en la ITE de grado 1,2,3 o 4.
B. Mejora de la accesibilidad. Comprende actuaciones tendentes a eliminar o mitigar barreras arquitectónicas siempre que representen una mejora apreciable respecto su situación preexistente.
C. Mejora de la habitabilidad. Comprenden actuaciones tendentes a garantizar la salubridad mediante la adaptación al CTE. Se requiere una antigüedad superior a 5 años, y que las mismas hayan sido calificadas en la ITE de grado 1,2,3 o 4
D. Eficiencia energética. Comprenden intervenciones tendentes a alcanzar una calificación energética C. También aquellos que con una antigüedad superior a los 50 años, mejoren una letra.
El Ayuntamiento de Barakaldo destinará 200.000,00€ a esta subvención, que se distribuirá de la siguiente manera:
- GRUPO A. Mejora de la Seguridad
- GRUPO B.Mejora de la Accesibilidad
- GRUPO C. Mejora de la Habitabilidad
- GRUPO D. Eficiencia energética
- 4.000€
- 30.000€
- 83.000€
- 83.000€
Se procederá al prorrateo de los importes resultantes de forma proporcional en el caso de que las solicitudes que cumplan los requisitos superen el importe global del crédito que comprende la convocatoria y a cada grupo de obras.